De acuerdo al criterio jurídico la Ley Orgánica tiene sus beneficios para la aplicación de la misma. Los autores y quienes respaldan estas propuestas establecen que el deporte en general tendrá una nueva normativa acorde a la realidad. En redes sociales la Federación de Ligas de Quito, manifiesta que el deporte barrial debe tener un capitulo propio o particular dentro de este cuerpo legal.
Para ir entendiendo estas propuestas consultamos lo que establece el concepto general para luego aterrizar en lo particular en el deporte barrial. “Las leyes orgánicas se caracterizan principalmente por ser necesarias, desde el punto de vista constitucional, para regular algún aspecto de la vida social. Es importante señalar que tienen una competencia diferente a las leyes ordinarias y presentan algunos requisitos extraordinarios, tales como la mayoría absoluta a la hora de su aprobación”.
Las leyes orgánicas suelen ser vistas como un nexo o etapa intermedia entre las leyes ordinarias y la Constitución. Las características particulares de las leyes orgánicas exigen la amplia mayoría parlamentaria (por tratarse de temas muy sensibles para la sociedad y la mayor rigidez en la regulación (las leyes orgánicas no pueden modificarse con facilidad o por voluntad de un gobernante).
De acuerdo a estos fundamentos en el entorno de la Asamblea Nacional circulan dos propuestas que están siendo analizados y acogiendo criterios con los actores que se interesan por cambiar o mejorar el sistema normativo del deporte nacional.
“En este contexto, es indispensable contar con una normativa que permita conseguir todos los fines antes planteados, para dinamizar las actividades en las instituciones públicas y privadas y sobre todo garantizar los derechos de toda la población, para acceder a la práctica del deporte y la actividad física, así como una educación física de calidad que permita adquirir hábitos de vida saludable, que se mantengan a lo largo de la vida, garantizando así una población sana, la disminución de problemas sociales como el consumo de drogas, el embarazo adolescente, la prostitución, la delincuencia y muchos otros que devienen del mal uso del tiempo libre”. Es el criterio o la introducción que tiene uno de los proyecto de la nueva Ley Orgánica.
Al respecto, Fedenaligas a través del presidente, Carlos Ninabanda realizan una serie de reuniones para acoger los criterios de las filiales y presentar un solo documento a la comisión respectiva. Jacinto Arévalo, presidente de la Federación de Ligas de Quito, manifestó que el deporte barrial debe tener un capitulo exclusivo en esta nueva normativa.
En estos dos proyectos se ubica al deporte barrial en la Sección II De las organizaciones dedicadas a la práctica de actividad física- recreativa, mientras que en la otra propuesta vincula en el capítulo IV de la Recreación.
En el artículo correspondiente dice: La recreación comprenderá todas las actividades físicas lúdicas que empleen al tiempo libre de una manera planificada, buscando un equilibrio biológico y social en la consecución de una mejor salud y calidad de vida. Estas actividades incluyen las organizadas y ejecutadas por el deporte barrial y parroquial, urbano y rural.
También se resalta en las dos propuestas la estructura actual del deporte barrial. No hay cambios. Pero en los articulados coinciden que el ente rector será la secretaria o ministerio según apruebe la Asamblea, pero aquí hay una alta incidencia de los gobiernos locales o Gad a nivel parroquial, cantonal y provincial.
Es importante que haya una mejor claridad para determinar las funciones y capacidad para organizar las actividades recreativas de la población, y también la incidencia que tienen los gobiernos seccionales en las actividades deportivas organizadas por clubes y ligas barriales de cada sector. Rómulo Sucushañay, presidente de la Federación de Ligas del Cañar, anunció que estos artículos permitirá una incidencia fuerte por parte de los alcaldes para el tema político y no de beneficio social, comunitario- deportivo o recreativo.
Por Edison Ramírez T.
2020-07-03 16:59:43